Fotografía: valoranalitik
Un tribunal penal municipal rechazó la acción de tutela elevada por el ministerio de salud en contra de la EPS Sanitas en el marco del caso por la suspensión en la entrega de medicamentos, tras concluir que contaba con una insuficiencia de los fundamentos presentados.
El juzgado 33 penal municipal de Bogotá denegó la acción presentada por el director jurídico de esta cartera, Rodolfo Salas, que aspiraba proteger los derechos de los afiliados ante la suspensión de la dispensación de medicamentos no financiados, contemplados en el plan de beneficios en salud (pbs), y en la falta de justificación adecuada para la suspensión de estos suministros esenciales.
En la resolución del juzgado, a cargo de la jueza Alba Luz García, se niega el amparo reclamado, enfatizando que como en los últimos días del año 2023 ya se había resuelto otra tutela por el mismo caso, no tenía sentido que cursara un proceso por el mismo motivo.
La medida solo corresponde al caso Sanitas-Cruz Verde y no corresponde al proceso contra otras 21 EPS del país, a las que se les señala por presunto incumplimiento con los indicadores de las reservas técnicas cuya demanda fue interpuesta ante el juzgado contencioso-administrativo de Bogotá.