Primicia: Tribunal sanciona al presidente Gustavo Petro con multa por incumplir nombramientos en la Creg

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Fotografía: Presidencia

El presidente colombiano Gustavo Petro fue sancionado con una multa equivalente a cinco salarios mínimos

Por desacatar la obligación de nombrar comisionados en la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg)

El fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió este miércoles una sentencia en la que sanciona al presidente Gustavo Petro con una multa de cinco salarios mínimos por desacatar el nombramiento de los miembros de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg). El mandatario tiene un plazo máximo de 10 días para realizar el pago, según lo dispuesto por la magistrada Ana Margoth Chamorro, quien fue la ponente de este caso.

El fallo, sin precedentes recientes en la historia del país, obliga al presidente a pagar la multa al Tesoro Nacional a través de una consignación en el Banco Agrario de Colombia. La sanción se impuso debido a que Petro no cumplió con los nombramientos necesarios para cubrir las vacantes en la Creg, afectando el quórum de la entidad, clave para la regulación del sector energético en Colombia.

Los detalles detrás del desacato

El Tribunal concluyó que, a pesar de que la Presidencia mostró avances en el proceso de selección y nombramiento de tres comisionados para la Creg, el último de estos nombramientos se hizo el 30 de julio de 2024 y desde entonces no se ha demostrado ningún esfuerzo adicional para completar la integración de la comisión. Esto ha causado una demora injustificada en el cumplimiento de una obligación legal clara y exigible por parte del jefe de Estado.

El fallo también menciona que la anulación del nombramiento de Omar Fredy Prías y Baisser Antonio Jiménez por parte del Consejo de Estado no exime al presidente de su responsabilidad de nombrar a nuevos comisionados que cumplan con los requisitos legales.

Implicaciones para el presidente Petro

Este desacato judicial marca un momento sin precedentes para un presidente en funciones, generando un debate en torno a los límites del fuero presidencial. Si bien algunos argumentan que el primer mandatario tiene una protección especial ante este tipo de sanciones, el Tribunal de Cundinamarca ha sostenido que la ley debe cumplirse, independientemente del cargo que se ostente.

El desacato impacta negativamente en la capacidad operativa de la Creg, ya que la falta de comisionados ha afectado la toma de decisiones clave para el sector energético del país, lo que podría tener consecuencias en la regulación de tarifas y políticas energéticas.

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Posible apelación ante el Consejo de Estado

Aunque el fallo es definitivo en primera instancia, la Presidencia aún tiene la opción de apelar la decisión ante el Consejo de Estado, que sería la autoridad encargada de revisar el caso y tomar una decisión final sobre la sanción impuesta.

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