Fotografía: secretaría distrital
El alcalde mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán, ha prorrogado a través de un decreto las medidas transitorias y preventivas para mantener la seguridad y el orden público en la ciudad hasta el 31 de agosto de 2024.
Estas medidas incluyen la prohibición de consumir licor en parques y plazas públicas en horarios específicos, la limitación del consumo en entornos escolares y la regulación de los horarios de la rumba en la ciudad.
El nuevo decreto ratifica las medidas adoptadas desde 2022 en el decreto 119, aunque algunas disposiciones anteriores, como la restricción de movilidad para motociclistas con parrillero entre el jueves y el domingo por la noche y la obligatoriedad de marcar cascos y chalecos, ya no están vigentes.
El horario para bares, discotecas y establecimientos dedicados a la venta de licor será de 10:00 de la mañana a 5:00 de la mañana del día siguiente, siempre y cuando pertenezcan a un frente de seguridad administrado por la Policía Metropolitana o una red de cuidado de la Secretaría de Seguridad. Si no están en ninguno de estos dos grupos, solo podrán operar hasta las 3:00 de la mañana.
Además, se restringe la permanencia y concentración de personas en parques, corredores ambientales y plazas urbanas desde las 10:00 de la noche hasta las 4:00 de la mañana del día siguiente, así como el consumo de bebidas alcohólicas en esos espacios. También se regula la venta de licor en entornos escolares, con restricciones específicas para establecimientos ubicados a menos de 200 metros de universidades o colegios. La prohibición inicia a las 3:00 de la mañana en estos casos.
Estas medidas aplicarán en un perímetro que abarca desde la calle primera hasta la calle 82 y desde la av. Circunvalar hasta la carrera 17, de lunes a sábado.